Diccionario de términos
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A |
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Abuso de un medicamento
Uso excesivo y voluntario, persistente o esporádico, que se acompaña de efectos nocivos físicos o psicológicos. | |
B |
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Balance o relación beneficio-riesgo del medicamento
Valoración de los efectos terapéuticos favorables del medicamento en relación con los riesgos asociados a su utilización. | |
E |
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Efecto secundario
Cualquier efecto no intencionado de un producto farmacéutico que ocurre a dosis
normalmente utilizadas en el hombre y que se relaciona con las propiedades
farmacológicas del fármaco. (Si forma parte de la propia acción o propiedades
farmacológicas del fármaco, se trata de un efecto colateral; si no es
inherente a ellas, se considera un efecto secundario). | |
EMEAAgencia Europea de Medicamentos. Es un organismo descentralizado de la Unión Europea que tiene su sede en Londres. Su principal responsabilidad es la protección y promoción de la salud pública y animal, mediante la evaluación y supervisión de los medicamentos de uso humano y veterinario. | |
Error de medicaciónFallo por acción u omisión en el proceso de
tratamiento con medicamentos que ocasiona o puede ocasionar un daño en el
paciente. Los errores de medicación que ocasionen un daño en el paciente serán
considerados como reacciones adversas. | |
F |
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Ficha TécnicaEs el resumen de las características del producto (Summary of Product
Characterisrics o SPC) aprobado por las autoridades sanitarias que hayan
autorizado la comercialización de una determinada especialidad farmacéutica.
Recoge la información científica esencial de dicha especialidad. | |
I |
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Información básica del producto (IBP)Es un documento también denominado Core Data Sheet (CDS). Lo realiza el TAC y contiene toda la información de seguridad, datos relativos a indicaciones, dosificación, farmacología y otros aspectos relacionados con el producto. | |
IPSInforme
periódico de seguridad (en inglés, PSUR). Documento preparado por el TAC
conforme a las directrices establecidas al respecto en la UE, cuya finalidad es
actualizar la información de seguridad del medicamento que, entre otros
elementos, contiene información de las sospechas de reacciones adversas de las
que haya tenido conocimiento en el período de referencia, así como una
evaluación científica del balance beneficio-riesgo del medicamento. | |
P |
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Plan de Gestión de RiesgosDocumento en el que el solicitante o TAC especifica los riesgos importantes del medicamento, identificados o potenciales, y señala la información relevante de seguridad no disponible; establece un plan para la realización de las actividades de farmacovigilancia necesarias a fin de identificarlos, caracterizarlos o cuantificarlos; e incorpora, en caso necesario, un programa específico de prevención o minimización de riesgos, incluyendo las actividades de formación e información a profesionales y usuarios en el contexto de dicho plan y la evaluación de la efectividad de las medidas adoptadas. | |
PNTProcedimientos normalizados de trabajo. El TAC debe disponer de PNT que describan de manera adecuada y precisa las funciones y actividades que se llevan a cabo en la empresa en materia de farmacovigilancia. | |
Programa de Notificación EspontáneaMétodo de farmacovigilancia basado en la comunicación, recogida y evaluación de notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos, realizadas por un profesional sanitario. | |
R |
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Reacción adversa
Cualquier respuesta a un medicamento que sea nociva y no intencionada, y que tenga lugar a dosis que se apliquen normalmente en el ser humano para la profilaxis, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades, o para la restauración, corrección o modificación de funciones fisiológicas. A efectos de su notificación se tratarán también como reacciones adversas todas las consecuencias clínicas perjudiciales derivadas de la dependencia, abuso y uso incorrecto de medicamentos, incluyendo las causadas por el uso fuera de las condiciones autorizadas y los errores de medicación. | |
Reacción adversa graveCualquier reacción adversa que ocasione la muerte, pueda poner en peligro la vida, exija la hospitalización del paciente o la prolongación de la hospitalización ya existente, ocasione una discapacidad o invalidez significativa o persistente o constituya una anomalía congénita o defecto de nacimiento. A efectos de su notificación, se tratarán también como graves aquellas sospechas de reacción adversa que se consideren importantes desde el punto de vista médico, aunque no cumplan los criterios anteriores, como las que ponen en riesgo al paciente o requieren una intervención para prevenir alguno de los desenlaces anteriores. Así mismo, a efectos de su notificación, se tratarán como graves todas las sospechas de transmisión de un agente infeccioso a través de un medicamento. | |
Reacción adversa inesperadaCualquier reacción adversa cuya naturaleza, gravedad o consecuencias no sean coherentes con la información descrita en la ficha técnica. | |
S |
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Sistema Español de Farmacovigilancia de medicamentos de uso humanoEstructura descentralizada, coordinada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, que integra las actividades que las Administraciones sanitarias realizan de manera permanente y continuada para recoger, elaborar y, en su caso, procesar la información útil para la supervisión de medicamentos y, en particular, la información sobre reacciones adversas a los medicamentos, así como para la realización de cuantos estudios se consideren necesarios para evaluar la seguridad de los medicamentos. | |
T |
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TACTitular
de la autorización de comercialización de un medicamento. Se utiliza para
referirnos por tanto al laboratorio o compañía farmacéutica responsable del
medicamento. | |
Tarjeta amarilla
Formulario para la notificación de sospechas de reacciones adversas, distribuida por los órganos competentes en materia de farmacovigilancia de las Comunidades Autónomas a los profesionales sanitarios. | |